Mucha gente conoce el Plan Auto+, la subvención directa para comprar un coche eléctrico en 2026. Pero hay un segundo incentivo que se solapa con el anterior y que muchos contribuyentes pasan por alto: la deducción del 15% en el IRPF por la compra de un vehículo eléctrico enchufable y por la instalación de su punto de recarga. Ambos beneficios siguen vigentes hasta el 31 de diciembre de 2026.
La diferencia es importante: el Plan Auto+ es una ayuda directa que recibes (normalmente en el concesionario), mientras que la deducción es una rebaja en lo que pagas de impuestos cuando haces la declaración de la Renta. Y, con matices, pueden combinarse. Te explicamos cómo funciona.
¿En qué consiste la deducción del 15%?
La normativa del IRPF contempla dos deducciones distintas relacionadas con la movilidad eléctrica:
1. Deducción por compra de vehículo eléctrico
- Te puedes deducir el 15% del valor de adquisición del vehículo.
- La base máxima de la deducción es de 20.000 €, lo que supone una deducción máxima de 3.000 €.
- Aplica a turismos, motocicletas y otros vehículos eléctricos enchufables nuevos que cumplan los requisitos técnicos.
2. Deducción por instalación de punto de recarga
- Te puedes deducir el 15% de las cantidades satisfechas por la instalación de sistemas de recarga de baterías para vehículos eléctricos.
- La base máxima es de 4.000 € anuales, es decir, hasta 600 € de deducción.
- Incluye la instalación en una vivienda (por ejemplo, en tu plaza de garaje).
Requisitos principales
Para aplicar la deducción por compra de vehículo debes tener en cuenta:
- El vehículo debe ser nuevo (primera matriculación) y figurar entre las categorías elegibles (turismos M1, motos, ciclomotores, cuadriciclos, etc.).
- No puede estar afecto a una actividad económica (es decir, es para uso particular, no para tu negocio).
- El pago debe realizarse mediante medios bancarios (tarjeta, transferencia, financiación) — no en efectivo.
- Existe un precio máximo del vehículo según su categoría (similar al de las ayudas a la compra).
Para la deducción por punto de recarga:
- La instalación debe estar terminada y pagada dentro del periodo en que aplica la deducción.
- No puede estar afecta a actividad económica.
- El pago también debe hacerse por medios bancarios.
¿Se puede combinar con el Plan Auto+?
Sí, pero con un matiz fiscal importante: las dos cosas son compatibles, pero la subvención recibida reduce la base de la deducción.
Es decir: si compras un coche por 30.000 € y recibes 4.500 € del Plan Auto+, no te puedes deducir el 15% sobre los 30.000 €, sino sobre la cantidad que has pagado realmente tú (descontando la ayuda y respetando el límite de 20.000 € de base máxima).
Además, hay un detalle que sorprende a muchos: las subvenciones para la compra de vehículos tributan en el IRPF como ganancia patrimonial. Esto significa que la ayuda del Plan Auto+ que recibes un año debes declararla en la Renta del ejercicio correspondiente. Conviene tenerlo en cuenta al planificar la compra.
Ejemplo práctico
Supongamos que en 2026 compras un coche eléctrico nuevo por 28.000 € y recibes 4.500 € del Plan Auto+:
| Concepto | Importe |
|---|---|
| Precio del vehículo | 28.000 € |
| Subvención Plan Auto+ | −4.500 € |
| Coste real para ti | 23.500 € |
| Base de la deducción (máx. 20.000 €) | 20.000 € |
| Deducción en el IRPF (15%) | 3.000 € |
Si además instalas un punto de recarga por 1.500 €, puedes deducir un 15% adicional = 225 €.
En total, entre subvención y deducciones, el ahorro combinado de este ejemplo superaría los 7.700 €.
Este ejemplo es orientativo. El cálculo real depende de tu situación fiscal y de los importes exactos. Consulta con un asesor antes de tomar decisiones.
¿Cuándo se aplica la deducción?
La deducción se aplica en la declaración de la Renta del ejercicio en que compras el vehículo o instalas el punto de recarga. Es decir, si compras el coche en 2026, la deducción la aplicarás en la declaración que presentes en primavera de 2027.
Guarda toda la documentación: factura de compra, ficha técnica del vehículo, justificante de matriculación, justificante bancario del pago y, en el caso del punto de recarga, las facturas de la instalación.
Resumen: dos incentivos que se suman
| Plan Auto+ | Deducción IRPF | |
|---|---|---|
| Tipo | Subvención directa | Rebaja de impuestos |
| Cuándo lo recibes | En la compra (concesionario) | Al hacer la Renta |
| Cuantía | Hasta 4.500 € (6.000 € autónomos) | 15% (hasta 3.000 € coche + 600 € recarga) |
| Vigencia | 2026 | Hasta 31/12/2026 |
Combinar ambos es la forma más eficiente de reducir el coste real de pasarte al coche eléctrico este año.