La regularización extraordinaria de 2026 abre la puerta a una de las ayudas más importantes del sistema de protección social en España: el Ingreso Mínimo Vital (IMV). Hasta 733,60 € al mes para una persona sola, más complementos por cada menor a cargo.
Pero hay un matiz importante que conviene entender antes de solicitar: no se puede pedir el IMV el mismo día que te regularizas. Te explicamos exactamente por qué, cuándo sí puedes pedirlo y cuánto te correspondería según la composición de tu hogar.
¿Qué es el Ingreso Mínimo Vital?
El IMV es una prestación económica de la Seguridad Social, aprobada en 2020 y reformada en varias ocasiones. Su objetivo es garantizar un nivel mínimo de ingresos a los hogares en situación de vulnerabilidad económica.
A diferencia de las rentas mínimas autonómicas (que varían mucho entre comunidades autónomas), el IMV es una prestación nacional, gestionada por la Seguridad Social, y compatible con trabajar a tiempo parcial o con ingresos bajos.
En 2026, el IMV se ha revalorizado un +11,4% respecto al año anterior, gracias al RDL 3/2026, publicado en el BOE en enero de 2026. El importe base para una persona adulta sin hijos es ahora de 733,60 €/mes.
¿Pueden los inmigrantes regularizados pedir el IMV?
Sí, pero con una condición temporal importante.
La ley exige que el solicitante acredite residencia legal en España de forma continuada e ininterrumpida durante al menos el año anterior a la fecha de la solicitud.
Esto significa que si obtuviste tu autorización provisional de residencia en abril o mayo de 2026 gracias al proceso de regularización extraordinaria, deberás esperar hasta abril o mayo de 2027 para poder solicitar el IMV.
Sin embargo, si ya tenías alguna situación de residencia legal antes (por ejemplo, tenías tarjeta de estudiante, permiso de trabajo temporal, o cualquier otro título de residencia), ese tiempo sí cuenta para el cómputo del año.
Importante: Si tienes hijos menores, el Complemento de Ayuda para la Infancia (CAPI) puede solicitarse de forma independiente al IMV en algunos casos. Consulta con los servicios sociales de tu ayuntamiento.
Requisitos para acceder al IMV en 2026
Además del año de residencia legal, debes cumplir:
| Requisito | Detalle |
|---|---|
| Edad | Entre 23 y 65 años (o cualquier edad si tienes menores a cargo) |
| Residencia legal | Mínimo 1 año ininterrumpido antes de la solicitud |
| Empadronamiento | Estar empadronado en España |
| Ingresos | Por debajo del umbral de renta garantizada según composición del hogar |
| Patrimonio | Inferior a ~20.352 € (excluida la vivienda habitual) para 1 adulto |
| Situación laboral | Compatible con trabajar (se descuenta del cálculo pero no excluye) |
No se exige haber cotizado previamente a la Seguridad Social. Es una prestación no contributiva.
Cuánto se cobra: importes oficiales 2026
El importe del IMV depende del número de personas en tu hogar y de tus ingresos reales. La cantidad que recibes es la diferencia entre la renta garantizada según tu composición familiar y los ingresos reales que ya tienes.
Renta garantizada según composición del hogar (2026)
| Composición familiar | Renta garantizada mensual |
|---|---|
| 1 adulto sin hijos | 733,60 € |
| 1 adulto + 1 menor | 953,68 € |
| 1 adulto + 2 menores | 1.173,76 € |
| 1 adulto + 3 menores | 1.393,84 € |
| 2 adultos sin hijos | 953,68 € |
| 2 adultos + 1 menor | 1.173,76 € |
| 2 adultos + 2 menores | 1.393,84 € |
| 2 adultos + 3 menores | 1.613,92 € |
Complemento monoparental (+22%)
Si eres padre o madre en solitario con menores a cargo, se aplica un +22% sobre la renta garantizada. Por ejemplo, 1 adulto + 1 menor: 953,68 € × 1,22 = 1.163,49 €/mes.
Complemento por discapacidad (+22%)
Si algún miembro del hogar tiene una discapacidad reconocida igual o superior al 65% (o dependencia grado III), se aplica también un +22% adicional. Para una persona sola: 733,60 × 1,22 = 894,99 €/mes.
Complemento de Ayuda para la Infancia (CAPI)
Este complemento se suma sobre la renta garantizada, por cada menor según su edad:
| Edad del menor | Complemento mensual |
|---|---|
| 0 a 3 años (no cumplidos) | 115,00 € |
| 3 a 6 años (no cumplidos) | 80,50 € |
| 6 a 18 años | 57,50 € |
Ejemplo práctico
Un hogar formado por una madre sola con dos hijos (uno de 4 años y uno de 10 años) y sin ingresos:
- Renta garantizada base (1 adulto + 2 menores): 1.173,76 €
- Complemento monoparental (+22%): +258,23 € → 1.431,99 €
- CAPI hijo de 4 años: +80,50 €
- CAPI hijo de 10 años: +57,50 €
- Total estimado: 1.569,99 €/mes
¿Cuánto me correspondería a mí? Usa la calculadora
Los importes varían según cuántas personas haya en tu hogar, si hay menores, sus edades y tus ingresos actuales.
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La calculadora aplica la fórmula oficial del RDL 3/2026 e incluye los complementos por monoparentalidad, discapacidad y el CAPI por cada menor según su tramo de edad.
Cómo solicitar el IMV paso a paso
Reúne la documentación: DNI o NIE, libro de familia (si tienes hijos), certificado de empadronamiento, declaración de la renta o documentos que acrediten tus ingresos del año anterior.
Accede a la sede de la Seguridad Social: La solicitud se tramita íntegramente online en imv.seg-social.es con Cl@ve o certificado digital. También puedes acudir presencialmente con cita previa.
Rellena el formulario: Debes declarar la composición completa de tu unidad de convivencia y los ingresos de todos sus miembros.
Plazo de resolución: La Seguridad Social tiene un plazo de 6 meses para resolver. Si no hay respuesta en ese plazo, se considera desestimada por silencio administrativo.
Pago retroactivo: Si te aprueban el IMV, el cobro se hace con efectos retroactivos desde el mes siguiente a la solicitud, no desde la resolución.
Compatibilidad con otras ayudas
El IMV es compatible con:
- Trabajar: si tienes trabajo a tiempo parcial o ganas menos que la renta garantizada, recibes la diferencia.
- Rentas mínimas autonómicas: en muchas comunidades, el IMV se complementa con la renta mínima de la propia CCAA.
- Bono alquiler: compatible, aunque los ingresos del bono pueden afectar al cálculo del IMV.
- Becas educativas: compatibles.
No es compatible con la pensión de jubilación, incapacidad permanente o cualquier otra prestación contributiva de importe igual o superior.
Errores frecuentes al solicitarlo
- Solicitar antes del año de residencia legal: la solicitud se inadmitirá directamente. Espera a cumplir el año.
- No declarar todos los ingresos del hogar: la Seguridad Social cruza datos con la AEAT. Las discrepancias generan devoluciones y sanciones.
- Olvidar el CAPI: muchas familias cobran el IMV base sin solicitar el Complemento de Ayuda para la Infancia, que puede suponer 57-115 € extra por cada hijo.
- No actualizar los datos cuando cambia la familia: si tienes un hijo, te separas o alguien en el hogar empieza a trabajar, tienes obligación de comunicarlo. Si no lo haces y cobras de más, tendrás que devolver el exceso.
Más ayudas a las que puedes acceder tras regularizarte
El IMV es solo el comienzo. Una vez con residencia legal, puedes acceder a la mayoría de ayudas públicas disponibles en España: bono alquiler, becas para tus hijos, formación bonificada y prestaciones por desempleo si cotizas.
En Busca Ayudas puedes explorar todas las convocatorias abiertas filtradas por tu comunidad autónoma. Muchas son compatibles con el IMV y pasan desapercibidas.